En el último mes cuatro personas se han sentado en el banquillo por ayudar a morir a gente enferma. Jueces y jurados populares les han librado de la cárcel al entender que actuaron «por amor»

Tener una muerte digna no es tan sencillo como desearla. En el debate del derecho a morir se cruzan creencias religiosas con valores legales, éticos y morales. La legislación española permite retirar a los pacientes el tratamiento para que abandonen esta vida, pero en ningún caso que se les ayude a morir. La eutanasia activa -se les administran fármacos- y el suicidio asistido están castigados por el artículo 143 del Código Penal con la cárcel. Cada vez más películas y series de televisión abordan el asunto y lo devuelven a la agenda pública. La última ha sido ‘El Ministerio del Tiempo’, la ficción de TVE protagonizada por una particular patrulla de vigilantes que viaja de una época a otra para evitar que cambie el rumbo de la historia.

En el capítulo final de esta temporada, emitido el pasado lunes, el personaje central de la trama fue Felipe II. El rey se entera de lo que le depara el destino, 53 días de agonía antes de morir, y pacta con los agentes del ministerio un final sin dolor. «Surgió como un mero mecanismo de dramaturgia, no quería un villano tan villano, ni un bueno tan bueno», explica Javier Olivares, guionista de la serie. Pero no solo por eso: el caso de su hermano Pablo, enfermo de ELA y fallecido poco antes del estreno de la producción en la que también participaba, influyó. «Gracias a Dios él sí pudo tener una muerte digna. Y sé lo duro que es eso. Pero también ayuda en el duelo».

SUICIDIO ASISTIDO O EUTANASIA
8.000 euros puede costar tramitar el suicidio asistido en Suiza. Allí esta práctica es absolutamente legal. Y, además, recibe a los extranjeros que quieren llevar a cabo su plan. Entre 2010 y 2014, al menos ocho españoles lo consiguieron. Los sanitarios de las clínicas donde se practica (la más conocida es Dignitas, 18 años de experiencia) les suministran los medicamentos necesarios para que acaben con su vida. El más habitual y conocido es el pentobarbital sódico.

El artículo 143 de 19951. El que induzca al suicidio de otro será castigado con entre 4 a 8 años de cárcel. 2. Serán de 2 a 5 años si coopera con actos necesarios al mismo. 3. Y si llegan hasta la ejecución de la muerte, de 6 a 10 años. 4. El que cause o coopere activamente a la muerte de otro, por petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que sufra una enfermedad grave y mortal, o que produjera padecimientos permanentes e insoportables, será castigado con penas uno o dos grados inferiores a las de los puntos 2 y 3.

Las diferencias. Se trata de dos conceptos distintos. El suicidio asistido consiste en proporcionar a una persona los medios necesarios para quitarse la vida, incluido el asesoramiento sobre los medicamentos, dosis, suministro, etc. En este caso, el paciente es el sujeto activo, el que acaba con su vida, aunque requiera algún tipo de apoyo extra. En la eutanasia, es el entorno de la persona quien hace lo necesario para acabar con su sufrimiento. En la activa, se le administran fármacos. En la pasiva, se le retiran los tratamientos que le mantienen con vida.

http://www.elcomercio.es/sociedad/201605/26/morir-derecho-20160526034725.html